martes, junio 06, 2006

El derecho de copia privada y el canon compensatorio

Hace algún tiempo comente una de las entradas del blog de Andi Ramos (http://www.interiuris.com/blog/) sobre propiedad intelectual en la que el afirmaba que para que el derecho de copia privada exista es necesario que se cobre un canon compensatorio por ese derecho (http://www.interiuris.com/blog/?p=143). Mi repuesta me gusto tanto que qui se las dejo.

Realmente no es necesaria la existencia de un canon compensatorio para reconocer el derecho a la copia privada, basta con una decisión política. Es tan simple como aprobar leyes que lo permitan y no exijan el pago de un canon compensatorio.

¿Seria injusto? Depende desde donde se le mire. ¿Pero no es injusto pagar para quemar Linux?

Que la producción artística disminuiría. Realmente no conozco ningún estudio que demuestre que el canon compensatorio aumente la producción artística.

Realmente los derechos que queramos concederles a los creadores de obras inmateriales depende de lo que creamos que beneficia mas a la sociedad y si creemos que el canon compensatorio no es bueno lo podemos eliminar sin mas, no estoy hablando de que los que quemamos somos mas y por ese simple echo no tengamos que pagar el dichoso canon pero sino que si no vemos que amente la producción artística y ademas vemos que afecta nuestro consumo tecnológico y por ende nuestra calidad de vida entonces acabemoslo.

No existe ninguna ley divina ni natural que indique que si existe el derecho de copia privada deba existir un canon compensatorio, y si lo aceptamos es porque creemos que es lo que mas nos conviene a todos y si no lo aceptamos es porque no nos conviene. Y en este caso la conveniencia esta dedo por la relación costo beneficio siendo el beneficio un (hipotético) aumento en la producción artística y los costos un desarrollo tecnológico mas lento,una menor capacidad adquisitiva, etc.